Hoy es: Viernes, 25 de Abril de 2025
--> Titulo:INVALIDA LA CORTE DISPOSICIÓN DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS, SOBRE RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÃDICAS
Fecha: 2024-06-18   
Fuente: http://www.scjn.gob.mx

• Violaba el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, el cual dispone que las normas deben ser claras y precisas


 


     El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó el artículo 59, último párrafo, en su porción: “En todos los supuestos previstos en el artículo 422 del Código Nacional de Procedimientos Penales”, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, reformado mediante Decreto 65-664, publicado el 25 de octubre de 2023, relativo a los límites de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.


     La porción invalidada establecía que en todos los supuestos de sanciones previstos en el artículo 422 del Código Nacional de Procedimientos Penales, estas podrían atenuarse hasta en una cuarta parte, en caso de que se cumplieran las condiciones que el mismo precepto indica.


     Sin embargo, dicho artículo del Código Nacional únicamente determina los tipos de sanciones que se pueden aplicar a las personas jurídicas, sin indicar los parámetros mínimos ni máximos de la duración de las sanciones, ya que corresponde a las entidades federativas preverlas y establecer dichos parámetros, para efectos de poder disminuir las sanciones hasta en una cuarta parte.


     Por tanto, concluyó La Corte, la disposición del Código Penal para el Estado de Tamaulipas generaba incertidumbre, pues omitía establecer los parámetros de duración de las sanciones y, en consecuencia, violaba el derecho a la seguridad jurídica, así como el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, conforme al cual, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas como para que sus destinatarios las comprendan y se eviten arbitrariedades.


     Al tratarse de la materia penal, la invalidez determinada surtirá efectos de manera retroactiva al 26 de octubre de 2023, fecha en la cual entró en vigor el precepto.


     Acción de inconstitucionalidad 221/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 59, párrafo último, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 25 de octubre de 2023, mediante Decreto 65-664. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Omar Cruz Camacho.


regresar