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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó al Sindicato de Trabajadores del Servicio de Administración Tributaria y Hacienda contra la resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje que determinó que, como sindicato minoritario, sólo puede participar de forma “eventual” dentro del sistema de evaluación y desempeño de los Servidores Públicos.
La exclusividad del sindicato mayoritario en la petición y gestión de trabajadores para ser propuestos dentro del sistema de evaluación para la obtención de incentivos o estímulos para los trabajadores transgrede la libertad sindical, pues se desincentiva la afiliación a grupos sindicales que no tengan la mayoría de los trabajadores o el control de las condiciones generales de trabajo, y se les niega la posibilidad de presentar candidatos merecedores de los beneficios, con lo que se limita su derecho de promover, mejorar y defender los derechos de sus afiliados.